Licencias de actividad : Procedimiento


¿Cuando se necesita?

Lo más importante es que como paso previo empieces consultando al Ayuntamiento sobre las posibilidades de que el local que tienes pensado pueda albergar el negocio deseado. El Ayuntamiento te informará y te dirá qué documentación necesitas aportar para obtener la LICENCIA DE ACTIVIDADES O INSTALACIONES (APERTURA)

¿Qué es la Licencia de actividades e instalaciones (Apertura)?

Es una licencia municipal que acredita la adecuación de las instalaciones proyectadas a la normativa urbanística vigente y a la reglamentación técnica que pueda serle aplicable. Sólo debe solicitarse cuando va a abrirse un local.
Las actividades se dividen en:

Documentos a presentar:

Si la actividad es Calificada:
Proyecto de las instalaciones firmado por Técnico competente, visado por el Colegio Profesional correspondiente y con Dirección facultativa, que incluya: Planos, Presupuesto y Memoria.

Una vez concedida la licencia de apertura, las actividades calificadas deben solicitar la Licencia de Funcionamiento.
Plazo: Antes de abrir el local. Una vez concedida la actividad debe comenzar dentro de los 6 meses siguientes a la concesión de la licencia. (La mayoría de las actividades se inician con la Licencia Provisional, una vez que se entrega toda la documentación en el Ayuntamiento)
Lugar: Junta Municipal de Distrito o Gerencia Municipal de Urbanismo. Ayuntamiento.

¿Qué es la Licencia de Obras?

Es la necesaria para efectuar cualquier tipo de obras en un local, nave o establecimiento. En determinados municipios, como es el caso de Madrid capital, la realización de obras de acondicionamiento menor de locales, que no afecten a la estructura, distribución ni aspecto exterior de los mismos, no están sujetas a a la obtención de Licencia de Obras. Bastará una comunicación previa, junto con la presentación de los siguientes documentos: Planos de situación, descripción de las obras y valoración de las mismas. Recomendamos pasar por el Ayuntamiento para informarse antes de comenzar cualquier obra.

Documentos a presentar:

Plazo: Antes de realizar las obras. Una vez concedida la licencia las obras pueden ejecutarse hasta 6 meses después de la fecha de concesión. Lugar: Junta Municipal de Distrito o Gerencia Municipal de Urbanismo. Ayuntamiento.